Trial of Bernardo Reyna for polygamy
Consta de la petizion que se a leydo y Auto que quasi no a seis años pues fue en 24 de mayo de 1731. de donde resulta otra sospecha contra el de que en tan breve tiempo como ay desde dicho dia 24 de mayo de dicho año de 31. hasta que solizito casarse segunda vez en que apenas pasaron dos años ubiese tenido las notizias que ha expresado de su primera muger, y mas quando el año de sarampion seria halla en Zitaquaro antes del año del 1731 (Notese en Mexico fue el año de 1727) Dixo a lo primero que el aver dicho los diez, o, onze años no fue por faltar a la verdad sino porque le parezio entonzes que havia mucho tiempo y que por eso echo abulto, y a poco mas, o, menos esos años en que es fazil la equibocazion por la fraxilidad de la memoria y que el no dixo al Notario al tiempo de solizitar salir de la Carzel por la Urbina y ziertamente Vibese su muger, sino
que estava mal casado porque si se ubiera presentado por Viudo le hubieran echo llevar zertificazion de la muerte de su muger, que savia el Testigo estaba Viba en Santa Clara por cuia razon se Veyia prezisado a Denunziar de el, y asi que si estaba en mala amistad con la Mariana se apartase de ella, a que respondio este reo que el hiria aver su muger hera Viba, o, muerta.
Y que el testigo no tubo lugar de hazer la Denunzia porque aquella misma noche fue preso este Reo por el Juez eclesiastico y a los quatro, o seis meses de su prision Vino Manuel Varaxas vezino de Santa Clara del Cobre y conto al testigo como havia estado con este reo en la carzel y dichole que su muger hera Viba y se le encomendava: Y que a poco tiempo fue el Testigo a negozio a dicha Carzel con cuia ocasion llamo este Reo y requirio de que
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